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Avanza proyecto de Ley que elimina precio único de Papel Prensa en Argentina, alertan limitaciones a libertad de expresión

La Comisión de Presupuesto y Hacienda del Senado aprobó el proyecto para desregular el precio único del papel para la producción de diarios en Argentina. Unos días antes, con los votos del oficialismo (alianza Cambiemos) y parte del peronismo, la iniciativa había obtenido el visto bueno en la Cámara de Diputados. Si se aprueba el proyecto, expertos y organizaciones de la sociedad civil alertan que se restringiría el acceso al principal insumo para la producción de diarios, lo cual supondría riesgos para el pluralismo y limitaciones a la libertad de expresión.

El proyecto deroga ocho artículos de la Ley N° 26.736 de 2011, por la que se había declarado “de interés público” la fabricación, comercialización y distribución de pasta celulosa y papel para diarios. En el país, Papel Prensa principal productor de papel para diario a través de una sociedad en la que participan el Estado, junto a los periódicos de mayor circulación en Argentina, Clarín y La Nación.

La eliminación del precio único y público se justifica en los cambios que produce la digitalización. “No se puede desconocer que existe una tendencia mundial de la industria del papel para diarios que está dada por los cambios de hábitos de información y el avance del mundo digital en los medios de comunicación. La tendencia a la baja en la producción de papel y consumo de diarios se viene evidenciando en el mundo, a la que no es ajena la Argentina”, fundamenta la iniciativa legislativa.

De acuerdo con los analistas Daniel Badenes y Diego Rossi, “la derogación de algunos de sus artículos esenciales vacía de sentido y deja inerme a aquel instrumento regulatorio [Ley 26.736]”. Explican que, por ejemplo, con la derogación del artículo 20 que fija el precio único para la venta de papel para diarios, “Papel Prensa se desliga de la obligación de sostener un mismo precio para “toda operación que involucre la adquisición de más de una tonelada” de papel. Será legal, pues, que Clarín y La Nación paguen un precio y sus competidores, otro”.

También plantean que la eliminación del artículo 40 -que establece que Papel Prensa debe operar con su capacidad operativa completa- justificado por los defensores del proyecto en la capacidad ociosa de la planta, esconde que “decenas de periódicos del interior y diarios cooperativos que, por no ser socios de Clarín, no acceden a la cuota de papel; como así también otros medios gráficos que optan por el papel obra, con precios tan privativos pero quizás menos imprevisibles que el papel prensa”.

En este sentido, el experto en temas de libertad de expresión Damián Loreti plantea que “si se dicta una ley que desfavorece las condiciones del pluralismo en el periodismo gráfico, no es impertinente decir que es cuestionable a la luz del [… artículo] 32 CN [Constitución Nacional, que establece que el Congreso federal no dictará leyes que restrinjan la libertad de imprenta]”.

El abogado argentino señala que el proyecto además desatiende a la Convención Americana sobre Derechos Humanos, en especial, el principio de no regresividad de las leyes y el artículo 13.3 que indica que no se puede restringir el derecho de expresión por medios indirectos, entre los que se encuentra el abuso de controles oficiales o particulares de papel para periódicos.

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