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Peña Nieto impugna regulación en defensa de audiencias del IFT en México. Sociedad civil cuestiona violación de autonomía del regulador

El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) anunció que postergará hasta el 16 de agosto de 2017 la entrada en vigor de los Lineamientos Generales para la defensa de las audiencias aprobados por el organismo en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTR), a la espera de la decisión de la Corte luego que el Presidente Enrique Peña Nieto los impugnara ante la Corte Suprema, así como varios legisladores.

“La ley y los lineamientos configuran un nuevo marco jurídico en materia de derechos de audiencias, que ha generado diversos señalamientos relacionados con su constitucionalidad. Ante estos señalamientos, algunos que incluso responsabilizan al IFT por normas previstas expresamente en la ley, es de celebrar la utilización de los canales institucionales para que sea la Suprema Corte de Justicia de la Nación la que defina el alcance de los derechos y las facultades del Congreso de la Unión y del IFT en esta materia”, señaló el regulador de telecomunicaciones a través de un comunicado.

La Cámara Nacional de la Industria de Radio y Televisión (CIRT) apoyó la medida interpuesta por Peña Nieto que se basó en que, desde su perspectiva, la normativa otorga facultades al regulador que corresponden al Poder Ejecutivo. Edgar Pereda Gómez, Presidente de la CIRT, aseguró que el procedimiento es “la oportunidad para preservar la libertad de expresión en nuestro país”.

Por su parte, los recursos presentados en forma separada por el pleno de la Comisión de Radio y Televisión de la Cámara de Diputados por un lado y por el Presidente del Senado, Pablo Escudero, por otro, argumentan que los lineamientos atentan contra la libertad de expresión y los derechos a la informacióna partir de la obligación de diferenciar entre la opinión y la información.

El Consejo Consultivo del IFT manifestó su preocupación ante la presión ejercida por las empresas y autoridades en relación a los Lineamientos de las audiencias y consideró que actuó respetando la Constitución.

El experto en telecomunicaciones y vicepresidente de OBSERVACOM, Gabriel Sosa Plata, señaló que estas impugnaciones sientan un grave precedente que atenta contra la autonomía del IFT. “Presidencia cede a las presiones e intereses de un sector de la industria” aseguró.

En una dirección similar, la Coordinadora de Advocacy de OBSERVACOM, Aleida Calleja, señaló que “por donde se le vea es grave que tanto el poder legislativo como el Ejecutivo traten de minar las facultades del regulador al que le otorgaron autonomía constitucional”.

Por su parte, el Presidente de la Asociación Mexicana de Derecho a la Información (AMEDI), Fernando Negrete, señaló que “es lamentable; es como un ataque al IFT, la institución operadora de la reforma estructural más relevante de este sexenio”.

AMEDI sostiene que el IFT es la autoridad facultada para regular los derechos de las audiencias y que dejar la regulación en manos del Poder Ejecutivo implicaría someterlos a interesas políticos y de los empresarios mediáticos. En su comunicado concluye que “ahora la deliberación jurídica está en manos de la SCJN. En otras ocasiones el máximo órgano judicial del país ha salvaguardado los derechos fundamentales de libertad de expresión y derecho de acceso a la información, así como ha refrendado la autonomía del IFT. Este convencimiento de que la SCJN sabrá garantizar una vez más los derechos fundamentales de los mexicanos hace innecesario suspender la entrada en vigor de los Lineamientos Generales sobre la Defensa de las Audiencias, pues su plena constitucionalidad será refrendada y confirmada. Los medios electrónicos deben cumplirlos y el IFT vigilar que se acaten”.

A continuación recomendamos la lectura de “Poderes contra los derechos de las audiencias”, análisis de Aleida Calleja Coordinadora de Advocacy de OBSERVACOM, publicado en el portal La Silla Rota, así como también la columna de Gabriel Sosa Plata, “Peña Nieto, defensor de las audiencias”, publicada el 7 de febrero en sinembargo.com. Ambos refieren a una operación política que evidencia los vínculos entre el poder político y el poder mediático.

En su columna de opinión, Calleja señala tres hechos que esconde la controversia disfrazada de interés por las audiencias y sus derechos: en primer lugar, la cercanía de procesos electorales (gobernador de la Ciudad de México este año y la elección federal en 2018); en segundo lugar, Calleja explica que los Lineamientos evitan la venta de entrevistas o propaganda encubierta como información periodística que suele ser una importante fuente de ingresos para los concesionarios comerciales o para desviar a la opinión publica de temas que no convienen a los gobiernos. La tercera causa que según Calleja estaría detrás de los cuestionamientos al rol del regulador puede ser una estrategia para debilitarlo ante la nueva evaluación que el IFT tendrá que hacer sobre el poder sustancial de mercado de Televisa en TV paga a pedido del Tribunal Superior así como la revisión de las regulación asimétrica de la empresa por ser considerado Agente Económico Preponderante en Radiodifusión.

“La creación del IFT como organismo autónomo, para regular servicios convergentes es un referente en América Latina, aún con sus falencias este instituto ha tenido avances por lo que estas controversias y especialmente la del Ejecutivo, quieren dar al traste con esas mejoras”, explica la Coordinadora de Advocacy de OBSERVACOM.

Por su parte, Sosa Plata explica que en distintos momentos históricos el gobierno federal ha regulado contenidos como instrumento de presión política para los concesionarios de medios. “Por ello, la libertad de expresión de medios y periodistas está mucho más en riesgo si la Secretaría de Gobernación conserva esa facultad. Lo mismo pasaría con los derechos de las audiencias. Si por alguna increíble circunstancia, el presidente Peña Nieto gana la controversia, habrá que prepararles su funeral y enterrarlos junto con uno de los mayores logros de la reforma estructural de telecomunicaciones”, sentencia Sosa Plata.

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