Relatora sobre racismo y discriminación de ONU: Es un error confiar en que las compañías de Internet se auto-regulen

“Desde una perspectiva de derechos humanos, confiar en que las compañías se auto-regulen es un error y una abdicación de la responsabilidad del Estado”, sostiene el informe «Discriminación racial y tecnologías digitales emergentes: un análisis de derechos humanos», elaborado por la Relatora Especial en formas contemporáneas de Racismo, Discriminación racial, Xenofobia e Intolerancia de Naciones Unidas, Tendayi Achiume.

“Las tecnologías digitales emergentes generan enormes desafíos regulatorios y de gobernanza desde la perspectiva de derechos humanos. En muchos casos, los datos, códigos y sistemas responsables por la discriminación y resultados relacionados son complejos y por fuera del escrutinio, incluso por contrato y leyes de propiedad intelectual… Este efecto de caja negra hace difícil para los grupos afectados superar las abrumadoras cargas de prueba que generalmente se requieren para probar la discriminación… Las compañías responsables por crear e implementar las tecnologías digitales emergentes pocas veces enfrentan requisitos legales para probar que sus sistemas cumplen con los principios de derechos humanos y que no producirán resultados racialmente discriminatorios”, indica el informe (párrafo 44).

“Existe un riesgo genuino de que las corporaciones refieran a los derechos humanos para obtener beneficios de relaciones públicas para ser vistas como éticas… Aunque proliferan en los documentos de gobernanza corporativa referencias a los derechos humanos e incluso a la equidad y no discriminación, estas referencias por si solas no garantizan rendición de cuentas”, detalla el documento (punto 61).

De ahí que enfatiza en el rol y responsabilidad del Estado como garante de la no discriminación: “aunque la ley internacional de derechos humanos solo es directamente vinculante para los Estados… (éstos) deben garantizar remedios efectivos para la discriminación racial atribuida a actores privados, incluso, las corporaciones”, explica el informe (párrafo 59).

Además señala que “los Estados deben garantizar que los marcos éticos de derechos humanos para las corporaciones involucradas en tecnologías digitales emergentes estén vinculados e informados por obligaciones vinculantes de las leyes internacionales de derechos humanos, incluso sobre igualdad y no discriminación”, precisa.

El documento plantea que “los Estados deben confiar en las prohibiciones de las leyes internacionales de derechos humanos sobre la discriminación racial para garantizar el debido proceso (due dilligence) de los derechos humanos corporativos” (párrafo 63).

En particular, “los Estados deben garantizar la restitución, compensación, rehabilitación, satisfacción y garantías de no repetición a las víctimas de discriminación racial en el diseño y uso de tecnologías digitales emergentes” (párrafo 67).

“El marco existente de derechos humanos sobre remedios y reparación es una fuente importante para las corporaciones privadas comprometidas en el combate de la discriminación racial en el uso y diseño de tecnologías digitales emergentes… las corporaciones privadas como Microsoft, Apple, Amazon, Google, Facebook, Tencent y Alibaba tienen un importante rol en la provisión de restitución, compensación, rehabilitación, satisfacción y garantías de no repetición para las víctimas de discriminación racial relacionadas a sus tecnologías y productos”, concluye el documento (párrafo 68).

 

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