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BOLIVIA: Regulación y políticas públicas para la TV digital

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El informe país realizado por un experto de Bolivia reúne los principales aspectos regulatorios de la transición de la televisión digital, poniendo énfasis en los procesos, oportunidades y desafíos de diversidad y pluralismo que ofrece la nueva tecnología. Incluye aspectos técnicos y de infraestructura, al tiempo que describe las políticas públicas en el área y la participación social en los procesos.

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Este informe ha sido elaborado para OBSERVACOM en noviembre de 2014 por Erick Butrón.

Marco legal para la TV digital

En Bolivia aún no se ha iniciado el proceso de transición a la TV Digital; sin embargo, la Ley 164 General de Telecomunicaciones y Tecnologías de Información y Comunicación  de 08 de agosto de 2011, plantea que la asignación de frecuencias para la TV Digital se realizará en los marcos del plan de implementación [transición] que debe ser aprobado mediante Decreto Supremo (Art. 10).

Objetivos de la transición digital

No existiendo un Plan de Implementación no se puede exponer los objetivos que tiene la transición a la TV Digital en Bolivia.

Estándares técnicos

Para el proceso de elección del estándar de TV Digital en Bolivia, en agosto del año 2009 se conforma la Comisión Técnica Interinstitucional integrada por el Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda, la Empresa Estatal de Televisión “Bolivia TV”, la Autoridad de Regulación en Telecomunicación y Transportes (ATT), la Carrera de Ingeniería Electrónica de la Universidad Mayor de San Andrés y la Carrera de Telecomunicación de la Universidad Católica San Pablo y una representación del Viceministerio de Telecomunicaciones.

De acuerdo a información proporcionada por el Ing. Juan Carlos Machicado, miembro de la Comisión Técnica Interinstitucional y representante de la Universidad Mayor de San Andrés, el objetivo del Comité fue: “analizar y elaborar el protocolo de pruebas técnicas y tecnológicas para someter a los estándares mundiales de TV Digital, los mismos son: el americano ATSC-T, el europeo DVB-T, el japonés brasilero ISDB-Tb y el chino DTMB-T”.

De acuerdo al Ing. Gustavo Pozo, Director General de Telecomunicaciones del Viceministerio de Telecomunicaciones, las variables consideradas para el protocolo de prueba fueron la cobertura a partir de la potencia utilizada, la robustez de la señal digital en topografías accidentadas y ciudades de altura como es característica de la ciudad de La Paz y la calidad de la imagen en la recepción.

Como parte de los procedimientos diseñados, el Comité entregó invitaciones a los representantes de los diferentes estándares mundiales para que sometan a prueba in situ sus particularidades tecnológicas. A pesar de las expresiones de interés, y ante el inminente cierre de plazos de presentación de los estándares, solamente el estándar japonés brasilero ISDB-Tb puso a consideración del Comité sus cualidades tecnológicas y someterse a las pruebas técnicas de acuerdo al protocolo previamente definido.

Complementariamente, se ha promovido seminarios en los que se han expuesto las características de los diferentes estándares. En estos eventos estuvieron presentes los representantes de los estándares europeo y japonés brasilero. Una de las características de estos eventos es que se realizaron “a puertas abiertas” para toda la población interesada en conocer sobre la TV Digital y las bondades de los diferentes estándares.

Finalizado el proceso de pruebas, y de las otras actividades, se procedió al análisis de los resultados alcanzados, considerando las ventajas comparativas y competitivas entre los diferentes estándares. En ese marco, se examinaron las potencialidades técnicas y tecnológicas que permita democratizar las comunicaciones, la educación y las culturas, se valoraron las bondades en el uso más eficiente y democrático del espectro radioeléctrico (incorporación de nuevos operadores de TV Digital, inclusión digital, reducción de brecha digital entre áreas urbanas, periurbanas, y rurales), se ponderó la calidad de recepción en dispositivos fijos, portátiles y móviles, tomando conocimiento de  la solidez de la compresión de video y la potencialidad del middleware, el Comité Interinstitucional recomienda la adopción del estándar ISDB-Tb para el Estado Plurinacional de Bolivia.

Con las consideraciones presentadas por la Comisión Técnica Interinstitucional, en fecha 16 de marzo de 2011, el gobierno del Estado Plurinacional de Bolivia promulga el Decreto Supremo 0819 que en su  artículo único dice:

Se adopta el estándar ISDB-T (Integrated Services Digital Broadcasting Terrestrial), con codificación H.264, MPEG-4 con las mejoras tecnológicas que hubiere al momento de su implementación, como sistema para transmisión y recepción de Televisión Digital Terrestre en el Estado Plurinacional de Bolivia.” (DS 0819)

El mencionado decreto, adicionalmente dispone que el Viceministerios de Telecomunicaciones, en coordinación con la Autoridad de Regulación y Fiscalización de Telecomunicaciones y Transportes (ATT), formularán las Normas y Planes necesarios para la implementación de la Televisión Digital Terrestre y, que la ATT queda encargada de fiscalizar la implementación del estándar adoptado conforme a las Normas y Planes que se emitan para el efecto.

Según manifiesta el Ing. Pozo, las disposiciones adicionales mencionadas estarían en proceso de ejecución y que se estima puedan estar completados hasta diciembre de 2014. Una vez concluida la elaboración del Plan de Implementación, éste será sometido a consideración de otras instancias gubernamentales como el Ministerio de Comunicación y el Viceministerio de Ciencia y Tecnología.

Plazos y etapas de la transición digital

En Bolivia no se cuenta con un Plan de Implementación; a pesar de esta ausencia, el canal estatal “Bolivia TV” está realizando emisiones abiertas de TV Digital, como lo confirma el Ing. Rubén Márquez, Gerente Técnico de Bolivia TV, se está “duplicando la señal analógica del canal 7 (frecuencia asignada a “Bolivia TV”) a un servicio HD en el canal 16 (frecuencia asignada para la emisión de “Bolivia TV HD”) y un segundo servicio, que en la fase experimental emitía la señal de NHK [estación televisiva japonesa] ahora está con el tema de deportes”.

En la actualidad, se cuenta con dos emisiones de TV Digital denominadas 7.1 y 7.2 haciendo referencia al canal 7 analógico de “Bolivia TV”. Según Márquez, “el 7.1 es un espejo del canal 7 [analógico]” y en el canal 7.2 “se estaba pensando en servicios de teleeducación y cultura, en este momento estamos con deportes” por la adquisición de varios derechos de transmisión de eventos deportivos nacionales e internacionales.

Transición de los operadores de TV analógica

En tanto no se tenga una normativa específica para la transición, no se podrán aplicar las condiciones técnicas y tecnológicas de transición de los operadores de la TV analógica a la TV Digital.

Condiciones de uso digitales para los operadores de TV analógica

De acuerdo a la Ley No. 164 General de Telecomunicaciones y Tecnologías de Información y Comunicación se ha establecido una nueva categorización de operadores que pueden acceder a las frecuencias de radiodifusión analógica. En ese entendido, los nuevos operadores de TV pueden ser: Estatales con una participación del 33%; Comerciales con la posibilidad de acceso al 33% del espectro radioeléctrico; Social comunitarios con la utilización del 17% de espectro y, Pueblos indígenas originario campesinos, y las comunidades interculturales y afrobolivianas que pueden utilizar el 16% (LTyTIC, Art. 10).

En la actualidad, la ATT tiene registradas 577 licencias de funcionamiento para operadores de TV en todo el territorio del Estado Plurinacional entregadas a cadenas, redes y operadoras locales de televisión analógica. Estas licencias fueron otorgadas por la extinta Superintendencia de Telecomunicaciones (SITTEL) dando cumplimiento a lo que mandaba la Ley No. 1632 de Telecomunicaciones (05 de julio de 1995).

Las licencias de funcionamiento otorgadas por la derogada Ley 1632, están localizadas en capitales de departamento y ciudades intermedias. En su mayoría corresponden a operadores de TV analógica comerciales. En menor proporción encontramos licencias de funcionamiento en capitales de departamento y ciudades intermedias para el canal estatal “Bolivia TV”. Es importante destacar que en ocho capitales de departamento existen operadores de TV Universitaria que conforman la Red RUBI (Red Universitaria Boliviana de Información), con excepción de la ciudad de Cobija en el departamento de Pando.

Acceso para nuevos
operadores de TV digital

Información no disponible

Políticas públicas para cobertura universal

La Ley 164 seguirá siendo el referente normativo mayor al que tendrá que adecuarse cualquier Plan orientado a la implementación de la TV Digital en Bolivia. Dentro de los principios de esta norma hace referencia al acceso universal y dice:

“El Estado, en todos sus niveles de gobierno, promoverá el derecho al acceso universal a las telecomunicaciones y tecnologías de información y comunicación así como al servicio postal, para todas y todos los habitantes del Estado Plurinacional de Bolivia, en ejercicio de sus derechos, relacionados principalmente a la comunicación, la educación, el acceso al conocimiento, la ciencia, la tecnología y la cultura.” (LTyTIC, Art. 5)

Cuando el artículo mencionado hace referencia a los niveles de gobierno se está refiriendo a tres niveles de gestión territorial: Nivel Central, Nivel Departamental y Nivel Municipal.

Dentro de las previsiones que se deben considerar para la universalización de la cobertura de la TV Digital, el Ing. Pozo supone que se deberían considerar fases de implementación: “en una primera, cubrir la principales ciudades, seguida por las ciudades intermedias y, en poblaciones menores a 5.000 habitantes la transmisión satelital es un buen complemento, no justificándose montar infraestructura para la TV Digital”.

Políticas públicas de acceso a receptores de TV digital

No se tiene ninguna normativa específica sobre el acceso a receptores de TV Digital. Según el Ing. Pozo, una vez implementado la TV Digital, “el Estado deberá garantizar la existencia de televisores digitales en el mercado y desarrollar políticas de acceso a receptores orientadas a las familias de escasos recursos”.

Políticas públicas para diversidad de contenidos

Recurriendo a la Ley 164, en lo referido al desarrollo de contenidos y aplicaciones la norma menciona que:

“El Estado en todos sus niveles, fomentará el acceso, uso y apropiación social de las tecnologías de información y comunicación, el despliegue y uso de infraestructura, el desarrollo de contenidos y aplicaciones, la protección de usuarias y usuarios, la seguridad informática y de redes, como mecanismo de democratización de oportunidades para todos los sectores de la sociedad y especialmente para aquellos con menores ingresos y con necesidades especiales.” (LTyTIC, Art. 72)

Por tanto, para el planteamiento de políticas públicas, se deberá recurrir a este articulado que haga viable la producción de contenidos para la TV Digital, considerando su protección, financiamiento y promoción.

TV digital pública

Conceptualmente no se cuenta con una definición precisa sobre lo que se debe entender por TV Pública, mucho menos sobre lo que se puede entender como TV Digital Pública. Esta ausencia conceptual, provoca que –en los marcos de discusión, elaboración y ejecución del Plan de Implementación del apagón analógico– se deba incluir una conceptualización clara, sus alcances, los actores fundamentales, una regulación pertinente, las orientaciones para su implementación, la promoción y fomento de la TV Digital Pública.

En este proceso, se debería considerar que la TV Digital Pública debe responder  a las características socioculturales de un Estado Plurinacional con arraigo en la interculturalidad, la diversidad, el pluralismo y con autonomías en sus tres niveles de gestión territorial (central, departamental y municipal). Consiguientemente, la TV Digital Pública deberá responder a los mandatos que emanan de la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia.

A pesar de esta limitación conceptual, al canal estatal “Bolivia TV” se lo puede considerar como un canal público, que inicialmente pone atención de temas importantes como son la educación y la cultura, sin dejar de lado el entretenimiento deportivo y la información actualizada en sus emisiones digitales.

Las transmisiones digitales del canal estatal, se realiza en base a equipos donados por el gobierno japonés como resultado del convenio de cooperación firmado entre Bolivia y Japón. Los equipos recibidos en calidad de donación tienen las siguientes características:

  • Marca: Toshiba
  • Potencia nominal del transmisor: 1,5Kw.
  • Transmisión: Alta Definición (HD)
  • Código: FEC ¾
  • Intervalo de guarda: 1/16

Las nuevas rutinas de hacer TV Digital, le significa exponerse a un inventario de nuevas experiencias. Según cuenta Rubén Márquez, la complejidad en la gestión de las emisiones analógicas y digitales ha sido entendida por los directivos del canal como una gestión por dos [canales], que necesita inversiones diferenciadas para las emisiones digitales en equipamiento y recursos humanos.

Las actuales emisiones regulares de “Bolivia TV HD” (denominadas 7.1 y 7.2), son emitidos simultáneamente en las ciudades de La Paz, Cochabamba y Santa Cruz; estás últimas ciudades reciben la señal satelital de la estación principal que se encuentra en la ciudad de La Paz  y repiten la emisión sus capitales de departamento. Según Márquez, está en la carpeta de proyectos expandir las emisiones de “Bolivia TV HD” a las ciudades capital de los departamentos de Potosí y Oruro, para ello se está buscando el respectivo financiamiento.

La asignación presupuestaria de la TV Digital (7.1 y 7.2) está inscrita en el Plan Operativo Anual de “Bolivia TV” por ser una repartición gubernamental que recibe recursos del Tesoro General del Estado Plurinacional. Para la gestión administrativa y operativa de la emisión 7.2 de deportes se tiene hasta 3 personas encargadas de toda la emisión. En lo referido al equipamiento, el canal (7.2) realiza transmisiones deportivas del campeonato boliviano de futbol utilizando las unidades móviles que tiene “Bolivia TV” analógico.

Según Márquez, la experiencia de la TV Digital “inicialmente se ha pensado en la radiación de la señal” este proceso no ha sido acompañado con cambios en el control maestro, el control de producción, tampoco la adquisición de equipamiento en video y audio en formato HD para los canales digitales, aunque “nosotros [Bolivia TV] ya hemos hecho un cambio de formato al formato 16:9 y, desde la Cumbre del G77, ya estamos transmitiendo en HD, desde la transmisión hasta la recepción”.

En la actualidad, no se cuenta con otro tipo de experiencias de emisión de TV Digital, por la ausencia de un Plan de Implementación que debe regular los pasos que se deben seguir hacia el apagón analógico. En este proceso, también se deberán tomar los recaudos de reservas de espectro electromagnético para la TV Pública, tomando como referencia la Ley 164.

TV digital comunitaria

En Bolivia no se tienen experiencias de TV Digital Comunitaria aunque se cuentan con experiencias de realización de programas televisivos como los encaradas por la Coordinadora Audiovisual Indígena Originaria de Bolivia (CAIB) y el Centro de Formación de Recursos en Comunicación (CEFREC) que emiten dos programas semanales de televisión: “Bolivia Constituyente” y “Entre Culturas” por la frecuencia de “Bolivia TV”.

La asignación de frecuencias para la TV Digital Comunitaria, en sus formas social comunitarias e indígena-originarios-campesinos y las comunidades interculturales y afrobolivianas, no cuenta con una norma específica. Según el Ing. William Balladares, Director Sectorial de Telecomunicaciones de la ATT, “el Plan de Implementación es el que va a determinar la aplicación o no del artículo 10 de la Ley 164 para la asignación de frecuencia para la TV Digital” en lo referido a la TV Digital Comunitaria, aunque “por la naturaleza de lo que es la televisión digital, habrá mucho espacio para la televisión que se puede reservar, se va a tomar en cuenta a los sectores sociales, hay disponibilidad de frecuencia y se va a dejar un segmento para la asignación … el Plan de Implementación va a determinar esto”.

Regulación de la concentración y TV digital

Para la futura normativa de implementación de la TV Digital, la Ley 164 plantea dos artículos que se orientan a prever la concentración y el monopolio. En lo relativo a la concentración, e Art. 30, Numeral III, dice:

“Ninguna personal natural o jurídica, por sí o por interpuesta persona, podrá obtener licencia de radiodifusión en una misma área de servicio, para más de una estación de radio en una misma banda de frecuencia. En televisión abierta, no se podrá obtener licencia de radiodifusión en una misma área de servicios para más de una estación de televisión analógica y digital. Esta misma restricción opera con relación a los accionistas de una empresa que cuenta con licencia para tales servicios.” (LTyTIC, Art. 30)

El Art. 61., Numeral 4 hace mención específica a la prohibición de monopolios y oligopolios:

Son prohibiciones para los operadores y proveedores:


“4. La formación de monopolios u oligopolios de forma directa o indirecta que impliquen la concentración de frecuencias del espectro radioeléctrico, en los servicios de radiodifusión, de acuerdo a los establecido por reglamento.” (LTyTIC, Art. 61)

Gestión del espectro y acceso a infraestructura

Para la gestión del espectro radioeléctrico, se tienen hasta cuatro referencias normativas que deben servir de marco de referencia para la elaboración del Plan de Implementación de la TV Digital:

  1. La Constitución Política del Estado Plurinacional es enfática al afirmar que el espectro electromagnético es un recursos natural (CPEP, Art. 348); por tanto, “Los recursos naturales son de propiedad y dominio directo, indivisible e imprescriptible del pueblo boliviano, y corresponderá al Estado su administración en función del interés colectivo” (CPEP, Art. 349). Para el caso de espectro electromagnético, el Estado “… reconocerá, respetará y otorgará el derecho de uso, aprovechamiento sobre este recurso natural” (CPEP, Art. 349).
  1. La Ley 164 plantea la importancia de contar con “El Plan Nacional de Frecuencias [que] reglamentará el uso equitativo y eficiente del espectro radioeléctrico a nivel nacional, considerando, entre otros, aspectos económico, de seguridad, educativos, científicos, de interés publico y técnicos conforme a políticas de Estado, intereses nacionales y compromisos internacionales aprobados, con el objeto de optimizar su uso y evitar interferencias perjudiciales.” (LTyTIC, Art. 8). El derecho de uso del espectro radioeléctrico sujeto a una licencia de funcionamiento “no podrá cederse, arrendarse, venderse, transferirse ni pignorarse” (Art. 9).

Existe una nueva distribución de frecuencias para radiodifusión (radio y televisión analógicas)  en la que se pueden encontrar a nuevos operadores, bajo la siguiente proporcionalidad:

  • Estado hasta el 33%
  • Comercial hasta el 33%
  • Social comunitario hasta el 17%
  • Pueblos indígenas originario campesinos, y las comunidades interculturales y afrobolivianas hasta el 16%. (LTyTIC, Art. 10).

Quedando pendiente la asignación de frecuencias para la radiodifusión televisiva digital que, según la Ley, será establecida en el respectivo Plan de Implementación aprobado mediante Decreto Supremo.

En esta misma Ley, se norma la infraestructura indicando que para la instalación de antenas se deberá contar con la respectiva autorización municipal previa la presentación de la licencia de frecuencia autorizada por la Autoridad de Regulación y Fiscalización de Telecomunicaciones y Transportes (Art. 20). Se obliga a los operadores el acceso y uso compartido de infraestructura, establecer la modalidad servidumbre en la infraestructura y la obligatoriedad de instalar fibra óptica, ductos y cámaras por parte de las empresas de los sectores de energía eléctrica, hidrocarburos y transportes.

  1. Mediante la Resolución Ministerial No. 294 de agosto de 2012 se aprueba el Plan Nacional de Frecuencias. En lo referido a la televisión, toda la asignación de frecuencias está en relación a la televisión analógica. En la Nota Nacional BOL 9 define la canalización para la banda VHF, como lo muestra el siguiente cuadro:

tabla1

Y, la Nota Nacional BOL 15 canaliza la banda UHF, como sigue:

tabla2

En ambas bandas, UFH y VHF, la asignación de frecuencia será de 6 MHz., previendo que en una misma área de servicio no se asignarán canales adyacentes y que no se realizarán nuevas otorgaciones de licencias para el servicio de Radiodifusión televisiva en la sub-banda 698 a 734 MHz.

 

  • Finalmente, con el Decreto Supremo No. 1391 se aprueba el Reglamento General a la Ley No. 164 de 24 de octubre de 2012, de Telecomunicaciones y Tecnologías de Información y Comunicación, para el Sector de Telecomunicaciones, se reglamenta la gestión sobre el espectro radioeléctrico para la asignación de frecuencias a los cuatro nuevos actores de la televisión (Estatal, Comercial, Social comunitarios y Pueblos indígenas originario campesinos y las comunidades interculturales y afrobolivianas)

Destino del dividendo
digital

En el Plan Nacional de Frecuencia, en el Capítulo IV: “Notas al cuadro nacional de atribución de bandas de frecuencias” en la Nota Nacional BOL 16 se establece que la banda de 698 a 806 MHz, está atribuida a título primario al servicio MÓVIL, para servicios móviles de nueva generación, lo que se distribuyen de la siguiente manera:

tabla3

Además, el Plan indica que las bandas no canalizadas en este segmento del espectro serán utilizadas para la seguridad pública de acuerdo a recomendaciones internacionales.

En la actualidad, según el Ing. Pozo, se está utilizando el dividendo digital en la banda 700 para servicios de banda ancha, asignado frecuencias a dos empresas de telecomunicaciones: ENTEL y TIGO, que operan con la tecnología 4G–LTE; convirtiendo a Bolivia es uno de los primeros países en utilizar el dividendo digital. En la medida que se vayan liberando las bandas analógicas, se podrá contar con nuevos y mayores dividendos digitales. “Bolivia tiene la particularidad, en relación a otros países, en que el dividendo digital está prácticamente libre, [en la actualidad] se tiene dos operadores de televisión analógica (canal 54 y canal 57) que están siendo movidos a un canal que no complique la utilización de la banda LTE, estamos en ese proceso …” complementa el Ing. Balladares.

Según manifiesta el Ing. Balladares, a asignación de canales para la TV Digital está definido en el Plan Nacional de Frecuencias desde el canal 14 al canal 51; no se está asignando otros canales analógicos en el área destinada a la TV Digital. Y, en referencia a servicios de televisión por pago, dice: “depende del servicio, si es de acceso inalámbrico tiene otra banda, no tiene ninguna implicancia con la banda de televisión digital” como tampoco la tienen las ofertas de televisión satelital.

Participación ciudadana en políticas de TV
digital

La participación social está garantizada desde la Constitución Política del Estado Plurinacional que manda:

“el control  en la calidad de los servicios públicos, la gestión pública en todos los niveles de Estado y a la empresas e instituciones públicas, mixtas y privadas que administren recursos fiscales”; también manda que “El pueblo soberano, por medio de la sociedad civil organizada, participará en el diseño de las políticas públicas” (CPEP, Art. 241, Num. I)

Este mandato constitucional es recogido por la Ley 164 en su Título VII: Participación y Control Social en Telecomunicaciones, Tecnologías de Información y Comunicación y Servicio Postal; por ello, la formulación del Plan de Implementación de la TV Digital deberá contar con una amplia participación social.

En el proceso de definición del estándar, al margen de la Comisión Técnica Interinstitucional, no se ha incorporado la participación ciudadana que tenga una presencia efectiva y propositiva. Para el proceso de elaboración del Plan de Implementación, tomando las experiencias de otros países,  el Ing. Pozo afirmó que “es necesario involucrar a otros sectores, por ejemplo, sobre los contenidos que es un componente muy importante; para ello, sería muy necesario involucrar al Ministerio de Comunicaciones”, recordó que “tenemos una Ley que obliga se formulen políticas pública con la participación social y nosotros, obviamente, vamos a hacer eso, porque existe la necesidad de recoger aportes.”

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