Observacom
Actualidad - EuropaRegulación

Gigantes tecnológicos deberán adecuar términos y condiciones para ajustarse a la legislación europea de protección de derechos de usuarios

La Comisión Europea logró un acuerdo con Google, Twitter y Facebook para introducir cambios en sus términos y condiciones de funcionamiento para adecuarse a la normativa europea, en un hecho sin antecedentes y que significa un primer paso para la regulación de las plataformas de intermediarios para la protección de sus usuarios.

La iniciativa fue el resultado de un trabajo conjunto entre la Comisión Europea, las autoridades nacionales de protección al consumidor -nucleadas en la Red de Cooperación de Protección del Consumidor (CPC), liderada por Francia-y las tres corporaciones de Internet. Éstas se comprometieron a hacer efectivo el acuerdo a partir de marzo de 2018.

Los acuerdos incluyen asuntos de jurisdicción aplicable, derechos de los consumidores, comunicaciones comerciales, entre otros.

Uno de los puntos más relevantes del acuerdo es el de la “jurisdicción”. Se estableció que los operadores de redes sociales deben cumplir con las leyes de cada país de la Unión Europea, por ejemplo si los consumidores inician un procedimiento en su contra. A su vez se determinó que los operadores deben cumplir con las reglas de los consumidores de la UE y que éstos no pueden ser privados de ese derecho, lo que incluye el derecho del consumidor a cancelar su contrato si los operadores incumplen con sus obligaciones respecto de su performance. También se estableció que los operadores de redes sociales deben identificar claramente las comunicaciones comerciales.

Asimismo, se llegó a un acuerdo que impide a los operadores de redes sociales modificar de forma unilateral sus términos y condiciones (deben notificar a los usuarios con 30 días de anticipación), así como también aplicar nuevos términos a algunos de sus servicios sin que hayan informado a los consumidores ni pedir su consentimiento.

En cuanto al proceso de “notificación y acción”, las autoridades de CPA propusieron el establecimiento de un formato de comunicación estandarizado que contenga plazos para el intercambio de información con los operadores de redes y usuarios en relación al contenido ilegal. Si bien Google, Facebook y Twitter aceptaron la propuesta, solo Google definió plazos de acción (3 días hábiles para tomar acción desde que se reporta un contenido), en cambio Facebook y Twitter no informaron sobre los plazos que aplicarán.

Otro aspecto importante tiene que ver con la responsabilidad de los operadores de redes sociales respecto de los usuarios en relación a sus obligaciones contractuales de provisión del servicio.

Sin embargo no hubo acuerdo pleno respecto de aclarar las condiciones en las cuales se produce la remoción de los contenidos creados por los usuarios. Tanto en el caso de Facebook como de Twitter aún deben reconocer su obligación de notificar previamente a sus usuarios en caso de remover contenidos. Para la UE, Facebook debe aclarar el procedimiento de apelación contra esa remoción, mientras que Twitter debe eliminar cualquier otro término que le confiera poderes ilimitados para remover contenidos de usuarios.

ENLACES RELACIONADOS:

Google acataría resolución de Comisión Europea y crearía unidad independiente para su servicio de compras

Suprema Corte confirma competencia de jueces mexicanos para juzgar a Google aunque tenga sede en Estados Unidos

Ir al contenido ... (en este espacio hay varias líneas de código de programación personalizado)