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Análisis - ChileEspañol

La implementación de la Ley de radios comunitarias en Chile a seis años de su promulgación

La nueva regulación para radios comunitarias tenia por objeto dar respuesta a la importante demanda social de este tipo de servicios para una mejora de sus condiciones de funcionamiento, sin embargo, los resultados son magros.

Javier García*/ Chile/Septiembre 2016

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En 2010 se aprobó en Chile la Ley nº 20.433 de radiodifusión comunitaria y ciudadana que venía a sustituir la normativa de radios de mínima cobertura de 1994. La nueva regulación tenia por objeto dar respuesta a la importante demanda social de este tipo de servicios mediante una mejora de sus condiciones de funcionamiento respecto al régimen anterior, a saber:

  • Ampliación de cobertura con aumento de 1 a 25 watts de potencia y mayor altura de antena

  • Mayor duración de las concesiones (de 3 a 10 años)

  • Posibilidad de obtener financiación por la realización de menciones comerciales

  • Realizar una reserva de espectro para dar cabida a un mayor número de estas emisoras, asignándoles un segmento especial del espectro radioeléctrico en la banda de FM (entre 1 y 2 MHz según la Región al final del dial).

Sin embargo, la Relatoría para la Libertad de Expresión de la CIDH cuestionó en su Informe de 2010 (párr. 115) que las radios comunitarias sólo pudieran tener cobertura local, señalando que “si bien es cierto que muchas comunidades objeto de protección, se encuentran ubicadas en algunos municipios o localidades bien determinados, otras sin embargo podrían tener presencia nacional. En estos casos, no parecería existir ninguna razón para impedir que la radio comunitaria respectiva pudiera tener cobertura nacional”.

En el presente artículo se entregan algunos de los resultados de una investigación respecto a la implementación de la ley a partir de datos de la Subsecretaria de Telecomunicaciones (SUBTEL).

Los primeros pasos de la implementación de la ley

Al aprobarse la nueva ley existían 396 radios de mínima cobertura que debían realizar una solicitud y presentar un proyecto técnico para poder beneficiarse de la nueva norma. No todas pudieron hacerlo al excluirse un centenar de radios, la mayoría por pertenecer empresas o municipalidades, dado que la ley estaba pensada sólo para entidades privadas sin ánimo de lucro.

El proceso de adaptación iniciado en 2012 no se ha materializado hasta 2015 quedando aún medio centenar de solicitudes pendientes de completar tramitaciones según la Ord nº1405 Subtel de 12/02/2016. En total han sido 289 las radios pre-existentes que hicieron la transición, de las cuales un 25% son radios de entidades religiosas.

Paralelamente era necesario hacer efectiva la reserva de la banda final del espectro para destinarla a radios comunitarias existentes y a nuevas. Esto requería del desplazamiento del dial de radios comerciales que tenían concesión dentro de esa franja y por otro lado trasladar a esta banda a las radios de mínima cobertura que operaban fuera de ella.

Los resultados de la implementación 6 años después

La primera consecuencia de estas medidas para implementar la ley significó la paralización de la asignación de nuevas concesiones a radios mientras no se realizara la liberación del segmento del espectro reservado para radiodifusión comunitaria. Esto ha significado que hasta el primer cuatrimestre de 2013 no se comenzaron a realizar los primeros llamados a concursos para la creación de nuevas emisoras.

En esta primera convocatoria salieron a concurso apenas 2 concesiones, si bien el número fue aumentando en las siguientes convocatorias. De tal forma que durante 2013 salieron a concurso 15 concesiones, 64 en 2014 y 69 en 2015.

Según datos de la SUBTEL, al 12 de febrero de 2016 se habían realizado un total de 156 concursos de los cuales casi un centenar de ellos se encuentra en proceso por lo que sólo consta la adjudicación de 18 nuevas frecuencias.

Del análisis de los concursos realizados podemos destacar algunos datos relevantes:

  • Las regiones donde se concentra mayor número de concursos realizados son La Araucanía con 31 nuevas concesiones y la Región del Maule con 25. Llama la atención que en la regiones con mayor población y con mayor demanda de radios comunitarias, como Santiago y Valparaíso, apenas se han convocado 18 y 10 concursos, respectivamente.

  • También llama la atención el elevado el número de concesiones que quedan desiertas por falta de solicitantes o por no cumplir con los requisitos. Un 40% de las 122 concesiones a concurso realizadas entre enero de 2013 y junio de 2015 han quedado sin adjudicar.

  • Actualmente es menor el número de radios comunitarias con concesión que el de radios de mínima cobertura existentes con anterioridad a la ley de 2010. El censo actual apenas supera las 300 radios comunitarias con concesión otorgada en FM, frente a 1.671 radios privadas-comerciales.

Las paradojas de la nueva ley

La Ley 20.433 generó una expectativa en la sociedad chilena que animó a muchos grupos sociales a crear nuevas emisoras de radio, pero su lenta implementación ha contribuido a que estas iniciativas quedaran al margen de la legalidad y a que la ley no cumpliera con los propósitos por los que fue aprobada.

A esto se suma la existencia de un régimen sancionador especialmente severo para las emisoras que carecen de autorización, que califica la actividad como delictiva y establece junto a multa y comiso de equipos, la pena de presidio de hasta 3 años. Si bien no se ha constatado la aplicación de la sanción de presidio, nos encontramos que el procedimiento habitual es la intervención de la fiscalía y de la policía, que acude a la emisora a requisar equipos y detiene a quienes se encuentran transmitiendo para tomarles declaración quedando inmersos en un proceso judicial penal que puede alargarse por más de un año.

Según los datos aportados por SUBTEL entre 2010 y 2015 se presentaron 116 denuncias a la Fiscalía por el delito de radiodifusión sin licencia. De estos sólo en 2 casos se habían realizado llamados a concursos de radios comunitarias en la misma zona de cobertura. En el resto de los casos se ha podido constatar que en el momento de realización de la denuncia aún no se habían abierto concesiones comunitarias a concurso en dicha localidad, por lo que no era posible emitir de manera autorizada.

Otro dato revelador son las regiones donde mayor número de denuncias se han tramitado. La región metropolitana concentra el mayor número de denuncias, 40; seguida de 22 en BíoBío y 18 en Valparaíso. Santiago y Valparaíso son las únicas regiones donde las denuncias por emitir sin autorización supera, incluso duplica, al número de nuevas concesiones a concurso.

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Actualmente se encuentra en tramitación un proyecto de Ley para eliminar las penas de cárcel y que plantea la sustitución del delito penal por infracción administrativa. Pero desde la Asociación de Radiodifusores Comerciales de Chile (ARCHI) y desde la propia SUBTEL proponen mantener el carácter penal de la conducta y la intervención de Fiscalía y de la policía en el cierre de emisoras.

* Grupo de acción para comunicadores en conflicto de la Defensoría Popular. Doctorando en Derecho de la Universidad de Castilla-La Mancha

Enlaces relacionados:

Llamados a concurso realizados

Criminalización de la radiodifusión en Chile. Anuario DDHH 2016

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