Observacom
Actualidad - Paraguay

Paraguay posterga hasta 2021 la aplicación de impuestos a servicios digitales

El gobierno de Paraguay decidió postergar por seis meses el pago del IVA y el impuesto a la renta (IRN) que se aplica a personas o entidades domiciliadas fuera del país que presten servicios digitales en el país. Su entrada en vigencia estaba prevista a partir del 1 de julio de 2020.

El Viceministro de Tributación Paraguay, Oscar Orué dijo, de acuerdo con Telesemana, que la medida busca apoyar la economía por la emergencia del COVID-19 y permitirá mantener las tarifas de los servicios que los prestadores suelen trasladar al precio final que pagan los usuarios.

En septiembre de 2019, el Poder Ejecutivo promulgó la Ley de “Modernización y Simplificación del Sistema Tributario Nacional” (Ley 6.380 de 2019) que estableció que quienes presten servicios en Paraguay desde el extranjero deben pagar el 15% del impuesto a la renta de no residentes (IRN) y el 10% del IVA.

De acuerdo con el decreto 3107/2019, que reglamenta la aplicación del IVA para los servicios digitales, su entrada en vigencia sería a partir del 1 de julio 2020. La misma fecha estableció el decreto 3181/2019, que reglamenta la aplicación del IRN.

Ambos decretos establecieron que tanto entidades financieras como empresas de telefonía actuarán como agente de percepción del IVA (artículo 31 del decreto 3107/2019) y del IRN (artículo 7 del decreto 3181/2019) y señalan explícitamente su aplicación para servicios prestados por “Netflix, HBOgo, Spotify, Amazon Prime, Google, YouTube, Facebook, Instagram, Deezer, PayPal, Twitter Apple, Airbnb, y similares”.

 

ENLACES RELACIONADOS:

SET posterga por seis meses impuesto a plataformas digitales

CEPAL recomienda que las plataformas digitales extranjeras paguen IVA en los países de América Latina

Ir al contenido ... (en este espacio hay varias líneas de código de programación personalizado)