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Tribunal Constitucional de Chile rechazó pena de prisión contra responsable de radio comunitaria sin autorización

El Tribunal Constitucional (TC) de Chile falló a favor de la radio comunitaria Aukan de la ciudad de San Fernando y impidiendo la aplicación de pena de prisión a un radialista de la emisora, afirmando que la “sanción privativa de libertad” impuesta es inconstitucional porque “resulta desproporcionada, vulnerando la racionalidad y la justicia procedimental garantizada” por la Constitución.

La acción judicial contra la radio Aukan se inició en 2016 cuando la Subsecretaría de Telecomunicaciones (SUBTEL) detectó que operaba sin autorización y confiscó los equipos del estudio y la antena de la emisora. Si bien luego los equipos fueron devueltos y la SUBTEL asignó un espacio provisorio en el dial para que la radio comunitaria operara, el proceso judicial derivó en penas de prisión.

En su Informe de 2016, elaborado a partir de la visita a Chile, la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) había manifestado preocupación por la persistencia de penas de prisión en la Ley de Telecomunicaciones por el uso de frecuencias sin autorización. Allí había señalado que, aunque la normativa reconoce formalmente al sector comunitario, es discriminatoria e impide su desarrollo y sustentabilidad.

Un estudio realizado por OBSERVACOM reveló que si bien en América Latina varios países reconocen legalmente la existencia de medios comunitarios sin fines de lucro, no es suficiente su reconocimiento formal si la legislación establece condiciones discriminatorias para su desarrollo y sustentabilidad.

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