Observacom
Actualidad - Venezuela

Tribunal Supremo anuló reformas de la Ley de Telecomunicaciones

A través de la sentencia 938 de la Sala Constitucional, el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró la nulidad de la reforma de Ley de Telecomunicaciones aprobada en septiembre de este año. La decisión se basó en que, desde la perspectiva del TSJ, la Asamblea Nacional incurrió en desacato al aprobar la reforma legislativa luego de incorporar a los diputados del Estado de Amazonas, impugnados por el oficialismo, lo cual había sido avalado por decisión del Tribunal oportunamente en diciembre de 2015.

En el fallo, el TSJ también cuestiona el artículo 5 de la reforma en donde se sustituye la clasificación de “interés público” de las actividades de instalación, establecimiento, explotación y prestación de servicio de telecomunicaciones por la de “interés general”. El TSJ sostiene que no se trata de “una simple alocución vacía de contenido sino que se trata de un verdadero cambio de clasificación jurídica que genera importantes consecuencias legales”.

Las consecuencias aludidas implican, según el máximo tribunal venezolano, la limitación de la actuación del Estado en el sector. “Al suprimir el carácter público de ese interés se reduciría ipso facto la prelación de los fines del Estado en la posibilidad de intervención, es decir, se limitaría la rectoría del mismo sobre los medios de comunicación, sirviendo ello de marco para armonizar un conjunto de disposiciones que responden a una tendencia errática disidente del Estado de Democrático y Social, destinada a permitir la monopolización de los sistemas de comunicación electrónica nacional y de alejamiento del pueblo para participar en los medios de difusión colectivos”, señala la sentencia.

Además, el fallo cuestiona otros mecanismos que “obstaculizan la actuación del Estado” como el artículo que amplía y delimita la duración de las concesiones (pasan de 15 a 20 años), y prevé su renovación automática y aprobación sin el consentimiento del órgano administrativo competente.

Otra de las cuestiones que señala la sentencia es que la reforma de la Ley “además de prever la supresión de los controles por parte del Estado también afecta la regulación de las percepciones económicas” por la explotación del espectro radioeléctrico dado que se “modifica el régimen de fijación de precios en los servicios de telecomunicaciones (artículo 17) y se excluye la aplicación de tributos a un conjunto de actividades inherentes al sistema de transmisión de señales por medios electromagnéticos (artículo 18)”.

Tomás Guanipa, presidente de la Comisión del Poder Popular y Medios de Comunicación de la Asamblea Nacional, y el diputado Julio César Moreno (Unidad-Falcón) rechazaron la decisión del Tribunal.

Moreno (Unidad-Falcón) señaló que, con su decisión, “el TSJ fomenta la corrupción y busca silenciar al pueblo para que no manifieste su inconformidad por todo lo que tiene que sufrir como consecuencia de lo que se robaron los enchufados afectos al gobierno”. En tanto Tomás Guanipa sostuvo que “los argumentos esgrimidos por la sentencia de la Sala Constitucional evidencian nuevamente un sesgo y una falta de apego a los lineamientos constitucionales y muestran nuevamente la intención de desconocer la autoridad de la Asamblea Nacional por parte de los magistrados del Tribunal Supremo de Justicia, que siguen actuando al margen de sus atribuciones constitucionales”

ENLACES RELACIONADOS:

SIP considera que hay avance con nueva Ley de Telecomunicaciones en Venezuela

Venezuela: La reforma de la LOTEL queda en suspenso

Ir al contenido ... (en este espacio hay varias líneas de código de programación personalizado)