Senado aprobó proyecto de “Fake News” en Brasil. Organizaciones señalan que presenta riesgos para los derechos fundamentales

El Senado aprobó el 30 de junio el proyecto de Ley sobre “Fake News” (PL 2630/2020). Organizaciones sociales nucleadas en la Coalizão Direitos na Rede (CDR) sostiene que el texto tiene el potencial de afectar derechos como el de privacidad, protección de datos, acceso a Internet y libertad de expresión y destacan que será importante corregir dichos problemas en la Cámara de Diputados.

Desde la Coalizão destacaron que la presión de organizaciones sociales fue central para que se introdujeran cambios en la redacción del informe de Coronel y reducir el alcance de dispositivos de vigilancia. En este sentido, destacan la eliminación de medidas de obligación de análisis de contenido de “desinformación” por parte de las plataformas y diversos tipos penales y dispositivos que abrían espacio a la criminalización de usuarios por críticas a políticos y autoridades.

Sin embargo, CDR sostiene que el texto aprobado en el Senado mantiene una serie de aspectos problemáticos como que mantiene el concepto de “cuenta identificada” (artículo 5) que plantea una serie de obligaciones de identificación en masa (artículo 7). Si bien la coalición señala que se flexibilizaron los criterios planteados inicialmente (identificación obligatoria para todos los usuarios), mantiene la práctica de identificación para una cantidad significativa de usuarios a partir de denuncias que reciban las plataformas, lo que puede derivar en abuso y masificación del procedimiento y ejercicio de “poder de policía” de las plataformas al obligarlas a detectar fraudes en los registros y uso de cuentas.

Otro de los aspectos que CDR considera problemático es el de rastreo masivo (artículo 10), que obliga a las aplicaciones a guardar datos de todas las personas que participen de cadenas que comparten contenidos, como periodistas, investigadores, parlamentarios y cualquier ciudadano que comparte una publicación.

También advierten riesgos a la libertad de expresión (artículo 12). Si bien el texto aprobado incorporó el debido proceso en la moderación de contenidos por parte de las plataformas al incluir mecanismos de notificación y derecho de defensa de los usuarios, se incorporaron dos párrafos con redacción vaya y confusa que incrementarían el poder de control de las plataformas sobre el flujo de la información, de acuerdo con CDR.

El establecimiento de un código de conducta para las redes sociales y servicios de mensajería que debe ser aprobado por el Congreso (artículo 26, §1º, II) presenta problemas. Según CDR, el texto otorga status de norma infralegal a los documentos que elabore al tener que ser adoptado y aprobado por el Consejo de Transparencia y Responsabilidad en Internet, que fue creado como órgano técnico y autónomo. “La sumisión al Congreso posibilitará la eventual revisión de las decisiones del Consejo y la injerencia política de su funcionamiento”, dicen las organizaciones.

El sexto aspecto señalado como problemático para el ejercicio de los derechos fundamentales es que el texto establece que los representantes del consejo no pueden ser personas vinculadas o afiliadas a partidos políticos (artículo 27, §4º), violando la Constitución que garantiza la libertad de asociación para fines lícitos. “El parámetro adoptado para vedar la nominación es bastante restrictivo y divergente, incluso, con aquellos adoptados para la nominación de cargos públicos”, dice el comunicado de la Coalición.

Por último plantean que el texto incrementa la exclusión digital en el registro de usuarios de teléfonos prepagos (artículo 35) al exigir la presentación conjunta del documento de identidad y del número de registro en el Registro de Persona Física. “Exigir la presentación de los dos documentos para obtener un número pre pago es una medida innecesaria, excesiva y onerosa para los brasileños que no poseen documentación, lo que impacta directamente en el derecho a las comunicaciones de estos ciudadanos”, concluyen.

 

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