A partir de julio, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia controlará que prestadores tanto de servicios de TV abierta, como de TV paga y de servicios audiovisuales bajo demanda en Internet, implementen efectivamente “subtitulado, audiodescripción e interpretación a lengua de signos” en sus programaciones
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) comunicó que a partir de julio controlará el cumplimiento de nuevas medidas de accesibilidad que deberán adoptar los prestadores de distintos servicios de TV tradicional y servicios bajo demanda en línea -incluidas las plataformas de servicios audiovisuales en Internet-, como dispone la Ley General de Comunicación Audiovisual (LGCA).
Buscando ampliar la accesibilidad de los contenidos para personas con discapacidad visual y/o auditiva, la LGCA dispone que la TV pública y comercial, la TV paga y los servicios audiovisuales a petición en Internet cumplan con nuevos criterios de “subtitulado, audiodescripción e interpretación a lengua de signos”.
No obstante, el regulador aclaró que los servicios que tengan un bajo volumen de negocios -ingresos anuales inferiores a los dos millones de euros- o que poseen una baja audiencia -en el caso de los servicios de TV paga que sea del 2% y 1% en los servicios de televisión bajo demanda-, no están obligados a cumplir estas obligaciones en términos de accesibilidad.
Obligaciones
El 90% de los contenidos de la TV pública -priorizando sobre lo que tenga más audiencia- deberá contar con subtitulado, en cambio, la TV privada deberá subtitular el 80% del total de su contenido -haciendo énfasis en que sea sobre el de mayor audiencia-. Por otro lado, la TV paga y los servicios bajo demanda deberán ofrecer el 30% de sus programas -de mayor interés- con subtitulado.
En otro orden, la televisión pública deberá brindar 15 horas semanales de programas emitidos con lengua de señas en español o catalán y la misma cantidad en programas audiodescritos, ambos en “horarios de máxima audiencia”, mientras que la TV abierta comercial tendrá que contar con 5 horas semanales para cada sistema, bajo el mismo criterio.
La TV paga también deberá contar con 5 horas de programas con sistema de audio descripción -“prioritariamente” sobre los programas de mayor interés- y su vez, conjuntamente con los servicios on demand, tendrán que incorporar gradualmente contenidos con traducción en lengua de señas.
Por otro lado, la CNMC comunicó que además de controlar el cumplimiento de las obligaciones, facilitará información al público sobre las medidas y acciones ejecutadas y obligará a los prestadores a que desarrollen “planes de accesibilidad —y de mejora continua de la misma— que deben ser comunicados anualmente”.
Como informamos recientemente en OBSERVACOM, la CNMC comunicó que también supervisará que las plataformas de intercambio de videos -tales como Twitch o YouTube- cumplan con lo establecido en la LGCA en términos de protección a menores en el acceso a contenidos nocivos y publicidad comercial -analizando los sistemas de verificación de edad que las plataformas incorporan-.
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