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Derechos Digitales señala graves problemas del proyecto de ley chileno sobre redes sociales

El Senado chileno está considerando un proyecto de ley (Boletín N° 14.561-19) para regular las redes sociales presentado por varios legisladores, encabezados por el senador Guido Girardi (PPD). El texto ha sido criticado por Derechos Digitales y otras organizaciones que trabajan por la libertad de expresión en Internet, por contener errores de forma e ignorar «el trabajo realizado por académicos, activistas de derechos humanos y expertos internacionales, así como las obligaciones en materia de derechos humanos».

La organización calificó la iniciativa de regulación como precipitada y también criticó el proceso, que ha sido acelerado y no contó con la diversidad de actores que han estado trabajando en el tema de la regulación de contenidos en Internet. Esta semana el texto estuvo a punto de ser votado, pero una serie de pedidos de audiencias públicas presentados por organizaciones de la sociedad civil dilataron su tratamiento.

Para Derechos Digitales, la propuesta trata a  todas las plataformas de contenidos digitales de la misma manera, sin diferenciar por tamaño o ingresos; crea un concepto de neutralidad extremadamente abierto y prohíbe la moderación de contenidos salvo en los casos en que éstos «puedan ser civilmente ofensivos, difamatorios, constituyan amenazas, sean delitos precedentes (…) o inciten al crimen».

Sobre esta disposición de moderación de contenidos, Derechos Digitales afirmó que «genera un incentivo absoluto para la eliminación de contenidos que puedan ser calificados con el potencial de ser ilícitos. ¿Quién califica ese potencial? ¿Quién pondera la libertad de expresión, la privacidad, la no discriminación que pudiera estar en juego?». En opinión de la organización no gubernamental chilena, una disposición como ésta podría dar más poder para decidir qué expresiones son legítimas o no.

La iniciativa también crea una responsabilidad objetiva de los intermediarios, ya que establece que las plataformas de contenidos digitales pueden ser responsables por «no haber actuado con diligencia para bloquear o retirar contenidos cuando tengan conocimiento efectivo de que se trata de un acto ilícito». «El establecimiento de este amplio régimen de responsabilidad objetiva es, a la vez, una contradicción directa a las recomendaciones de los organismos de derechos humanos a nivel internacional», subraya la entidad.

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