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ENACOM aprueba reglamento de TV paga en Argentina y retoma obligaciones de “must carry”

El Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM) aprobó el Reglamento General de Servicios de Radiodifusión por Suscripción mediante vínculo físico y/o radioeléctrico que determina que los prestadores de televisión paga deben ser titulares de Licencia Única Argentina Digital y garantizar obligaciones de “must carry” o de transporte gratuito de señales públicas y de TV abierta.

En el artículo 12 se establece que la emisión sin codificar de las señales de Radio y Televisión Argentina (RTA S.E.), de todas las emisoras y señales públicas del Estado Nacional y en todas en las que el Estado Nacional tenga participación, así como la de los Estados Provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y de la Iglesia Católica. También se prevé la obligación de transporte de las emisiones de señales de TV abierta dentro del área de cobertura del servicio, así como la incorporación de señales de TV con programación exclusiva de noticias nacionales.

Así, la resolución de ENACOM restituye la obligación de retransmisión establecida en la Ley de Servicios de Comunicación audiovisual (Ley SCA), que había sido eliminada mediante el decreto de necesidad y urgencia 276/2015.

Además, el nuevo reglamento de TV paga autoriza a los operadores que posean licencia única a utilizar la tecnología IP para las transmisiones.

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