Observacom
Actualidad - México

México debate nuevos lineamientos para la protección de los derechos de las audiencias

La propuesta de la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones establece reglas sobre la diferenciación entre información y opinión, información y publicidad, obligaciones de accesibilidad, códigos de ética y defensorías de las audiencias. Organizaciones y especialistas plantean cuestionamientos sobre algunas disposiciones y las facultades que asumiría el regulador
Foto: Presidencia de México

La Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT) de México sometió a consulta pública una propuesta de “Lineamientos Generales para la Protección de los Derechos de las Audiencias”. La iniciativa aborda “los mecanismos para que las personas televidentes y radioescuchas puedan ejercer sus derechos de las audiencias ante los medios de comunicación”, en cumplimiento de disposiciones constitucionales que los reconocen expresamente.

Los lineamientos, presentados públicamente el 28 de julio durante la conferencia matutina de la presidenta Claudia Sheinbaum, serían aplicables a las concesionarias de televisión abierta y radio, de televisión y audio de paga, entre otros.

La consulta pública comenzó el 27 de julio y permanecerá abierta hasta el 21 de agosto para recibir comentarios y aportes de la ciudadanía, organizaciones de la sociedad civil, academia, concesionarios y otros actores interesados.

 

¿Qué propone la CRT?

El proyecto enumera, entre los derechos de las audiencias ya establecidos en la Constitución, recibir información veraz, plural y oportuna; distinguir la información noticiosa de la opinión y la publicidad del contenido; ejercer el derecho de réplica; y contar con medidas de accesibilidad para personas con discapacidad auditiva o visual. 

La propuesta establece que los medios deberán disponer de mecanismos para identificar qué contenidos son publicitarios y distinguir cuándo es información y cuándo es opinión. Asimismo, dispone que las concesionarias y programadoras deberán adoptar medidas para no difundir información “falsa, descontextualizada o información histórica como si fuera actual”.

El texto también establece reglas para que los medios cuenten con códigos de ética autodefinidos y la creación de defensorías de las audiencias propias, encargadas de recibir quejas y emitir recomendaciones. 

La CRT incluyó expresamente en la propuesta que estos lineamientos no podrán interpretarse para restringir el derecho a la información, la libertad de expresión, la libertad programática o la libertad editorial, ni para ejercer censura previa. Durante la presentación, Sheinbaum sostuvo: “No tiene nada que ver con la censura, es el derecho de las audiencias”.

 

Opiniones al respecto

A pesar de estas aclaraciones, organizaciones sociales y especialistas han planteado cuestionamientos sobre el alcance de algunas disposiciones y las facultades que asumiría el organismo regulador.

La Oficina para México y Centroamérica de ARTICLE 19 destacó que los derechos de las audiencias son indispensables y que deben existir mecanismos de queja, transparencia, acceso a información diversa y posibilidades de exigir correcciones. Sin embargo, advirtió que “el problema surge cuando la regulación empieza a incidir en las decisiones editoriales de los medios”.

Entre sus principales preocupaciones, la organización señaló la posible intervención en decisiones editoriales, el riesgo de autocensura y la posibilidad de que una autoridad termine determinando qué información u opiniones son aceptables. También manifestó preocupación por la autonomía e independencia de la CRT frente al Poder Ejecutivo y sostuvo que los lineamientos van más allá de la ley al establecer procesos, mecanismos y sanciones que, a su juicio, no fueron previstos por el Congreso.

La Asociación Mexicana de Defensorías de las Audiencias (AMDA), por su parte, reconoció avances en la propuesta, pero sostuvo que los lineamientos “requieren cambios importantes”. Entre sus principales cuestionamientos señaló la incorporación de facultades de la CRT que, a su entender, no están previstas en la ley, así como disposiciones que, según la asociación, atribuyen a las defensorías responsabilidades que corresponden a las concesionarias o rebasan las funciones de las personas defensoras. Sobre las defensorías, afirmó que “no son órganos cuasi-jurisdiccionales ni de sanción”, sino instancias que formulan recomendaciones no vinculantes.

AMDA también sostuvo que la diferenciación entre información y opinión debería apoyarse en la autorregulación mediante los códigos de ética y consideró que “sugerir distinciones entre información falsa o no contextualizada excede las facultades legales de la CRT”.

En la misma línea, Aleida Calleja señaló que la propuesta “sí tiene muchos aciertos para reconocer derechos de las audiencias”, pero también “omisiones y disposiciones que se deben subsanar”, y llamó a realizar un “debate informado”.

La abogada y presidenta de Observatel, Irene Levy, defendió la necesidad de reconocer y regular estos derechos y valoró que el proyecto desarrolle aspectos de accesibilidad y fortalezca las reglas sobre publicidad encubierta, pero sostuvo que “el proyecto va más allá de la ley en ciertos casos”.

Entre otros aspectos, Levy cuestionó la incorporación del concepto de información “descontextualizada”, el alcance de los monitoreos que podría realizar la CRT y la habilitación para llevar adelante “cualquier otra actuación que sea necesaria”.

Desde otra perspectiva, Gabriel Sosa Plata, investigador de la UAM-Xochimilco y defensor de audiencias de Radio UdeG y Canal 44, defendió buena parte de los mecanismos propuestos. “Los derechos de las audiencias son derechos humanos”, afirmó Sosa Plata. Además, destacó las disposiciones sobre publicidad, diferenciación entre información y opinión, accesibilidad y fortalecimiento de las defensorías.

Sosa Plata también valoró la posibilidad de recurrir a la CRT cuando una recomendación no sea atendida y advirtió que, sin un mecanismo de revisión, las recomendaciones corren el riesgo de convertirse en “letra muerta”. No obstante, señaló que debería evitarse que el correo electrónico sea la única vía para presentar quejas, ya que puede constituir un obstáculo para quienes carecen de conectividad.

La investigadora de la Universidad Panamericana Clara Luz Álvarez planteó objeciones específicas a varios aspectos del proyecto. Sobre la obligación de diferenciar información y opinión, señaló que, aunque esa distinción es deseable, en la práctica puede resultar difícil y quedar sujeta a distintas interpretaciones. 

“El peligro está en quién hará la interpretación, con base en qué elementos, cuál será la consecuencia de la decisión final”, afirmó Álvarez. Por ese motivo, propuso “suprimir por completo” los capítulos sobre el deber de distinguir información noticiosa y opinión y sobre diligencia de la información noticiosa.


ENLACES RELACIONADOS: 

El falso dilema de los derechos de las audiencias

Presentación de los Lineamientos para la Protección de los Derechos de las Audiencias

Lineamientos Generales para la Protección de los Derechos de las Audiencias

Derechos de las audiencias: ¿quién cuida al que cuida?

Gobierno somete a consulta lineamientos para proteger los derechos de las audiencias

Gabriel Sosa Plata / Los derechos de las audiencias no son censura

Consulta Pública sobre Derechos de las Audiencias: ¿De qué trata y cómo se puede participar?

Sheinbaum se reunirá con la CIRT para analizar los lineamientos de los derechos de las audiencias

Sheinbaum replica ante las críticas de censura por su iniciativa de nuevas reglas al derecho de las audiencias

Ir al contenido ... (en este espacio hay varias líneas de código de programación personalizado)