Observacom
Actualidad - MéxicoAnálisis

Nuevos lineamientos en México para garantizar los derechos de las audiencias de radio y TV

Por María José Guembe, investigadora asociada de OBSERVACOM

Tras una larga disputa judicial se aprobó un marco normativo para la protección y fortalecimiento de los derechos de las audiencias

 Foto: Logo del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT)El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) aprobó los “Lineamientos Generales para garantizar los Derechos de las Audiencias”, un instrumento normativo que establece las bases para la protección de los derechos de las audiencias en el ámbito de la radio, la TV abierta y la televisión restringida en México. Estos lineamientos tienen por objetivos garantizar la pluralidad de contenidos, el acceso equitativo a la información y la protección de las audiencias ante los servicios de comunicación audiovisual.

Los derechos de las audiencias se encuentran reconocidos en diversas disposiciones legales, principalmente en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión. Los lineamientos específicos para su protección dieron lugar a diversas disputas judiciales impulsadas por autoridades nacionales, prestadores de comunicación audiovisual y entidades defensoras de las audiencias.

Estas disputas demoraron la implementación de estos lineamientos durante casi diez años y, finalmente, luego de una consulta pública, se acordaron los que actualmente se presentan. 

Su objetivo es establecer reglas claras para la emisión de Códigos de Ética por parte de concesionarios de radio, televisión abierta y restringida, así como para el funcionamiento de las Defensorías de las Audiencias, con el fin de fortalecer la participación ciudadana en los medios de comunicación y asegurar el respeto de sus derechos fundamentales.

Los “Lineamientos Generales para garantizar los Derechos de las Audiencias” se estructuran en tres grandes ejes: códigos de ética, derechos de las audiencias y defensorías de audiencias.

1. Códigos de Ética

Los concesionarios de radio y TV deben dictar sus propios Códigos de Ética que garanticen los derechos de las audiencias. Aquellos concesionarios que operen varios canales de televisión o radios deberán asegurarse de que todos compartan el mismo Código de Ética. Estos códigos deberán incluir, como mínimo:

  • Mención expresa de los derechos de las audiencias conforme a los Lineamientos aprobados por el IFT.
  • Definición de la misión y visión del concesionario en relación con la protección de las audiencias.
  • Establecimiento de los valores que guiarán la programación transmitida.
  • Observancia de los principios establecidos en la Constitución y diversas leyes en materia de telecomunicaciones, acceso a la información, derechos de la niñez, igualdad de género, prevención de la discriminación y tras normas de o derechos humanos.
  • Mecanismos de recepción de quejas, sugerencias y observaciones de las audiencias.

Todos los Códigos de Ética deben inscribirse en el Registro Público de Concesiones y ser publicados en las páginas web de los concesionarios o estar disponibles en sus oficinas para consulta pública.

2. Derechos de las Audiencias

Los Lineamientos establecen un catálogo de derechos fundamentales de las audiencias, que incluyen:

  • Acceso a contenidos que reflejen la diversidad ideológica, política, social y cultural del país.
  • Respeto a los horarios de programación y aviso oportuno de cambios.
  • Ejercicio del derecho de réplica en los términos de la legislación vigente.
  • Mantenimiento de calidad en audio e imagen en toda la programación, incluidos los espacios publicitarios.
  • No discriminación en la prestación de servicios de radiodifusión y televisión restringida.
  • Protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes en los contenidos transmitidos.

Se garantiza a las personas con discapacidad la accesibilidad mediante subtitulado, doblaje al español y lengua de señas mexicana en al menos un noticiero de mayor audiencia. También se deben disponer guías de programación en formatos accesibles. A su vez, se establece que deben estipularse mecanismos accesibles para presentar quejas y sugerencias.

3. Defensorías de Audiencias

Para garantizar la correcta implementación de los lineamientos para garantizar los derechos de las audiencias, los concesionarios de radio y TV abierta deben contar con una Defensoría de las Audiencias. Estas pueden establecerse de manera conjunta entre varios concesionarios o programadores o a través de organismos de representación.

La obligación no alcanza a los concesionarios que prestan el servicio de televisión restringida, que sí deben establecer mecanismos adecuados para la recepción y tramitación de quejas de las audiencias.

Las Defensorías tienen las siguientes responsabilidades:

  • Recibir, documentar y dar seguimiento a observaciones, quejas y sugerencias de las audiencias.
  • Promover la alfabetización mediática e informacional entre la audiencia de contenidos audiovisuales.
  • Garantizar la imparcialidad e independencia en su actuación.
  • Llevar un registro de los asuntos atendidos y publicar informes anuales sobre su gestión.

Los Lineamientos indican que quien cumpla esta función tiene que contar con experiencia en comunicación, derecho, radiodifusión o telecomunicaciones; y no haber trabajado con el concesionario en un periodo de dos años previos a la designación, entre otros requisitos.

Las Defensorías de Audiencias deben estar debidamente inscritas en el Registro Público de Concesiones y operar con independencia del concesionario o programador que las designe.

Supervisión y sanciones

El Instituto Federal de Telecomunicaciones será el encargado de supervisar el cumplimiento de estos Lineamientos mientras siga operando, puesto que tras una reforma aprobada, sus roles serán distribuidos en tres dependencias del gobierno. En caso de incumplimiento, se podrán imponer sanciones conforme a lo establecido en la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión.

El acuerdo establece que los Lineamientos entrarán en vigor 15 días hábiles después de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. A partir de esta fecha, los concesionarios y programadores tendrán un plazo de 60 días para inscribir sus nuevos Códigos de Ética y sus Defensorías de Audiencias en el Registro Público de Concesiones.

Con la implementación de estos Lineamientos, se busca fortalecer el papel de las audiencias en la radio y la televisión en México, promoviendo el acceso a contenidos diversos y el respeto a los derechos humanos. 

Aunque estos Lineamientos establecen criterios básicos en materia de derechos de las audiencias, su verdadero potencial radica en la obligación de respetar las principales leyes nacionales de protección de derechos humanos, lo que amplía significativamente su alcance. 

Si se aplican con rigurosidad y cuentan con un monitoreo constante y efectivo, podrían convertirse en un marco sólido de protección. En este contexto, las Defensorías de Audiencias jugarán un papel crucial para garantizar que estos derechos no solo se reconozcan, sino que se respeten y hagan valer en la práctica.


ENLACES RELACIONADOS: 

Lineamientos Generales para garantizar los Derechos de las Audiencias

Regulador mexicano abrirá a consulta sus nuevos lineamientos para garantizar los derechos de las audiencias

“IFT debe incluir los mecanismos que garanticen los derechos de las audiencias en México”: OBSERVACOM

La decisión de la Suprema Corte y los derechos de las audiencias: un recuento sobre derechos humanos y competencias mediáticas

Legislación y políticas públicas en Argentina, Chile, Uruguay, Perú, Colombia, México y Brasil, para la protección de niños, niñas y adolescentes en los servicios de comunicación audiovisual

Estándares regulatorios en la protección de los derechos de niños y niñas en los servicios audiovisuales en Internet

 

Ir al contenido ... (en este espacio hay varias líneas de código de programación personalizado)