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Paraguay: avanza proyecto para prohibir deepfakes y regular la propaganda electoral en redes sociales

La iniciativa propone regular la propaganda electoral digital, prohibir la segmentación basada en datos sensibles sin consentimiento, exigir transparencia en los anuncios pagos y prohibir el uso de deepfakes para suplantar identidades o difundir desinformación electoral. La Comisión que estudia la iniciativa solicitó informes a instituciones públicas antes de definir su posición sobre la propuesta
Foto: Cabina de votación de la Justicia Electoral de Paraguay.
Foto: Parlamento del MERCOSUR

La Cámara de Diputados de Paraguay estudia el proyecto de ley “Que regula la propaganda electoral en redes sociales y plataformas digitales”, presentado en mayo por los diputados oficialistas de la Asociación Nacional Republicana-Partido Colorado Santiago Benítez, Jatar Fernández y Saúl González. 

El proyecto sostiene en su exposición de motivos que el artículo 290 del Código Electoral paraguayo mantiene “una estructura de pensamiento analógica” y que “la plaza pública se ha trasladado al ciberespacio”. El texto cita que “el 47,4% de los electores jóvenes se informan sobre procesos electorales primordialmente a través de redes sociales”.

La iniciativa tiene por objeto “regular la propaganda electoral realizada a través de redes sociales, plataformas digitales, aplicaciones de mensajería y otros servicios de la sociedad de la información”. También define la “Propaganda Electoral Digital” como “toda forma de comunicación paga, impulsada o contratada en entornos digitales, redes sociales o plataformas de internet, destinada a promover candidaturas, planes de gobierno o incitar al voto”.

El proyecto establece un “Registro Obligatorio de Cuentas” ante el TSJE para partidos, movimientos políticos, alianzas, concertaciones y candidaturas. Además, dispone que toda propaganda electoral digital deberá incluir una etiqueta visible con la inscripción “Propaganda Electoral Pagada”, la identificación del responsable de la contratación y el acceso a información sobre por qué el usuario recibió esa publicidad.

En materia de datos personales, quedaría prohibido el uso de datos sensibles: “específicamente la afiliación política o convicciones ideológicas”, para la elaboración de perfiles o segmentación publicitaria “sin el consentimiento previo, libre, expreso e informado del titular”.

El texto también incorpora un artículo sobre “Silencio Electoral Digital”, que prohíbe durante las 48 horas previas al inicio de los comicios y hasta su finalización “el pautaje, impulso o mantenimiento activo de anuncios pagados en redes sociales y plataformas digitales”. 

Sobre inteligencia artificial, la iniciativa busca prohibir la propaganda electoral que utilice IA “para suplantar la identidad de candidatos o difundir desinformación sobre el proceso electoral (deepfakes)”. 

Además, prevé que el TSJE y el Ministerio Público establezcan “protocolos de cooperación con los proveedores de servicios de redes sociales” para acceder a bibliotecas de anuncios e identificar cuentas que vulneren la integridad del proceso. 

Como parte del tratamiento de la iniciativa, la Comisión de Asuntos Electorales solicitó informes y opiniones institucionales al Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE), al Ministerio Público y al Ministerio de Tecnologías de la Información y Comunicación (MITIC), para contar con insumos antes de continuar el análisis del proyecto.

La propuesta plantea que la ley entre en vigencia el 1 de enero de 2031, para regir en las elecciones generales y departamentales de 2032.


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