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Tribunal Europeo de Derechos Humanos consideró que no hay violación a la libertad de expresión en el retiro de una licencia a canal de televisión en Moldavia

Según concluyó el tribunal, el canal infringía la legislación sobre protección del pluralismo, por lo que su licencia fue revocada en 2012 para proteger los “derechos de los demás”

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La Gran Sala del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) expresó en abril de este año que no existió ninguna violación a la libertad de expresión en el retiro de una licencia al canal de televisión NIT en Moldavia en 2012. La licencia fue revocada con el argumento de que no brindaba una cobertura política equilibrada, ya que apoyaba al partido de la oposición -el Partido de los Comunistas de la República de Moldavia (PCRM)- y criticaba constantemente al Gobierno.

El TEDH consideró que las autoridades moldavas protegieron el interés general de la sociedad, el pluralismo mediático y a su vez no se interfirió con el derecho a la libertad de expresión de la estación de televisión, en base en lo que establece el artículo 10 del Convenio Europeo de Derechos Humanos (CEDH). Este artículo hace referencia al derecho de la libertad de expresión y los deberes y responsabilidades que conlleva este ejercicio.

El canal de televisión NIT comenzó a funcionar en 1997 y en 2004 obtuvo una licencia de frecuencia nacional. Durante 2009 y 2011, la televisión recibió varias sanciones por violar la normativa sobre protección del pluralismo, sobre todo lo que refiere a neutralidad informativa. Finalmente, en 2012 el Consejo Coordinador Audiovisual (ACC) decidió retirar la licencia de transmisión de la empresa propietaria del canal.

Impugnación

En un principio la empresa solicitó la nulidad de la decisión en los tribunales nacionales sin éxito. El Tribunal de Apelación expresó que el ACC aplicó la sanción más severa, por la reiteración del medio al no cumplir con la legislación que garantiza el pluralismo.

Más adelante, desde el medio presentó una solicitud al TEDH, porque entendía que se había violado el derecho a la libertad de expresión, conforme al artículo 10 del CEDH. El TEDH concluyó que la injerencia impugnada por las autoridades de Moldavia protegía los “derechos de los demás”, entendiendo que sin pluralismo no hay democracia.

ENLACES RELACIONADOS:

EUROPEAN COURT OF HUMAN RIGHTS (GRAND CHAMBER): NIT S.R.L. V. THE REPUBLIC OF MOLDOVA

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