La regulación busca que quienes creen contenido, realicen declaraciones al Servicio de Administración Tributaria cuando reciban ingresos económicos por parte de las plataformas, y a su vez, no emitan publicidad engañosa.
El proyecto plantea que los creadores de contenido pasen a ser considerados “prestadores de servicios de comunicación audiovisual” y paguen impuestos por la monetización de sus contenidos. Para esto deberán registrarse como trabajadores de “servicios profesionales”, tendrán un impuesto sobre la renta que será retenido y deberán pagar IVA.
Quienes no generan recursos económicos por su contenido, estarán exentos de este impuesto.
Respecto a la publicidad engañosa, este proyecto realizará una modificación al artículo 32 BIS de la Ley Federal de Protección al Consumidor. Si se aprueba el cambio, los creadores deberán cumplir nuevas «reglas» para la generación de contenidos, incluyendo una indicación “explícita, inmediata y adecuada”, para evitar la publicidad engañosa y encubierta.
También se exigiría a los comunicadores mencionados que revisen sus mensajes para no incurrir en discriminación o en discursos de odio, y evitar técnicas subliminales, cuya violación les podría traer sanciones económicas.
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