Proyectos de ley en Colombia apuntan a fortalecer los medios comunitarios

El Congreso colombiano discute dos proyectos: uno obligaría al Estado a repartir la publicidad oficial en tercios entre medios comunitarios, públicos y privados; el otro busca “fortalecer a las radios comunitarias”, pasando las concesiones a ser de 20 años y creando un Consejo Nacional de Radiodifusión Sonora Comunitaria para incidir en las políticas públicas del sector

El 13 de noviembre, en una audiencia pública realizada en el Congreso de la República de Colombia, organizaciones de radios comunitarias, autoridades y congresistas debatieron dos iniciativas legislativas que buscan fortalecer la sostenibilidad de los medios comunitarios y reordenar el reparto de la publicidad oficial en el país.

La primera, el Proyecto de Ley 128 de 2025, establece que la publicidad oficial deberá repartirse en partes iguales entre medios comunitarios, públicos y privados. La noción de “medio comunitario” para el actual gobierno tiene un sentido muy amplio, que incluye radios y televisoras comunitarias -en sentido estricto- como también medios “alternativos”, incluso digitales.

La segunda, el Proyecto de Ley 13 de 2025, apunta a fortalecer el servicio público de radiodifusión sonora comunitaria mediante concesiones de 20 años, la creación de un Consejo Nacional de Radiodifusión Sonora Comunitaria y, de forma distinta al anterior, pero en el sentido de otorgar recursos financieros al sector, un piso de al menos 10% del presupuesto de comunicación institucional destinado exclusivamente a emisoras de radio comunitarias.

El primer proyecto se centra en la distribución de la publicidad del Estado. Define la “pauta oficial” como toda contratación o divulgación de mensajes institucionales, campañas publicitarias, anuncios gubernamentales o información de interés público financiados total o parcialmente con recursos públicos, sin importar el medio o la plataforma de difusión.

Su propuesta central es el llamado “principio de tercios”: un tercio del presupuesto de pauta oficial debería ir a medios de comunicación comunitarios, un tercio a medios públicos y otro tercio a medios privados. Este criterio se aplicaría a organismos estatales tanto de nivel nacional como departamental, distrital y municipal, y su incumplimiento injustificado conllevaría sanciones disciplinarias para los funcionarios responsables de los mismos.

Para implementar el esquema, el proyecto ordena al Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (MinTIC), con apoyo técnico del Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE), crear un registro administrativo que caracterice a los distintos tipos de medios (indicando nombre, localización, cobertura, enfoque poblacional, recursos percibidos para su sostenibilidad, entre otros), actualizable cada cinco años.

El segundo proyecto, entre otros puntos, busca corregir el esquema vigente: en contraste con el régimen actual, que permite concesiones de “hasta 20 años” pero en la práctica fijó plazos de 10 años prorrogables para las radios comunitarias, el texto propone un plazo fijo de 20 años para los contratos de concesión, renovables por un período igual a solicitud de la comunidad concesionaria. 

La iniciativa también define potencias de transmisión de entre 200 y 900 vatios según las necesidades de cobertura y reconoce la figura de redes de radios comunitarias que pueden compartir programación en cadena o de forma enlazada, siempre que respeten los fines del servicio.

Por otro lado, crea un Consejo Nacional de Radiodifusión Sonora Comunitaria, integrado por representantes de redes de radios comunitarias y del MinTIC, con la función de asesorar y acordar con el Gobierno nacional el diseño, la ejecución y la evaluación de las políticas públicas para el sector, dando a las radios comunitarias un espacio institucional de interlocución estable. Según los fundamentos del proyecto, esto es necesario para “garantizar la representación del sector en instancias de decisión sobre políticas públicas y normativas del sector TIC”.

El núcleo de la segunda propuesta en términos de sostenibilidad está en el capítulo dedicado al financiamiento. El proyecto establece que las emisoras comunitarias podrán sostenerse con venta de publicidad comercial y política, auspicios, arriendo de espacios y asignaciones presupuestales estatales para estrategias de comunicación y divulgación de la gestión pública.

Otro de los artículos del proyecto determina que las entidades públicas deberán destinar al menos el 10% de su presupuesto de comunicación institucional a las radios comunitarias legalmente constituidas en los territorios. Además, se prevén incentivos fiscales para empresas que patrocinen o donen recursos a estas emisoras.


ENLACES RELACIONADOS:

Audiencia pública sobre ley de tercios y radios comunitarias – Noviembre 13 de 2025

Proyecto de ley número 13 de 2025

Proyecto de ley número 128 de 2025

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