El Pleno de la Asamblea Nacional aprobó la reforma al artículo 5 de la Ley Orgánica de Comunicación, de este modo, la comunicación pasa a ser definida como derecho humano y no como servicio público, tal como sucedía hasta ahora. El documento será analizado por el Ejecutivo, que definirá su sanción.
“Las reformas a la Ley de Comunicación, aprobadas por unanimidad, reconocen a la comunicación como un derecho pleno de las personas en forma individual y colectiva. Además, la democratiza, a fin de garantizar el derecho a conocer todo tipo de información de manera libre, intercultural, incluyente, diversa y participativa en todos los ámbitos de la interacción social, por cualquier medio y forma, en su propia lengua y en sus propios símbolos. Los cambios tienen que ver con el artículo 5, relacionado con la definición de medios de comunicación, y el 44.1 sobre el sistema de comunicación social”, señala el comunicado de la Asamblea Nacional.
Cabe recordar que luego de la aprobación de las reformas a la LOC a inicios de 2019, por un error en el proceso, el artículo 5 que definía a la comunicación como servicio público quedó pendiente de modificación. El objetivo era modificar la norma para que la comunicación sea considerada como un derecho humano, tomando la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
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