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Regulador audiovisual de Brasil: oferta de contenidos lineales por Internet no se encuadra en Ley de TV paga

El Directorio Colegiado de la Agencia Nacional de Cine (ANCINE), que regula a los servicios audiovisuales en la modalidad de pago, determinó que la oferta de contenidos lineales por Internet no se encuadra en la Ley de TV paga.

“Los Directores deciden pronunciar, por unanimidad, por el no encuadramiento del Servicio de Oferta de Contenido Audiovisual en Programación Lineal vía Internet como SeAC (servicio de acceso condicionado), para efecto de las competencias de regulación y fiscalización de ANCINE, específicamente en lo que respecta al ejercicio de las actividades de producción, programación y empaquetamiento”, señala el acta de la reunión.

De este modo, ANCINE adoptó una decisión en la misma dirección que la Agencia Nacional de Telecomunicaciones (ANATEL) que, la semana pasada indicó que este tipo de oferta debería ser considerada como servicio de valor agregado. La definición de ANCINE llega luego de la realización de un proceso de consulta pública, que concluyó en junio y recibió 24 comentarios.

“Las aplicaciones de Internet, por ejemplo el Servicio de Oferta de Contenido Audiovisual en Programación Lineal vía Internet, no están sujetas al régimen jurídico de la Ley 12.485/2011”, señala. “Lo que define a un SeAC es la distribución de contenido audiovisual directamente por un servicio de telecomunicaciones. Además de eso, la posible competencia entre servicios, por sí sola, no legitima la creación de barreras regulatorias que impidan la innovación”, sostiene ANCINE.

El organismo considera que la oferta de contenido audiovisual de programación lineal por Internet no se caracteriza como SeAC ya que no se considera como servicio de telecomunicaciones (TV paga es considerada servicio de telecomunicaciones en la regulación brasileña).

Por eso ANCINE considera que “las obligaciones y sanciones descriptas en la Ley 12.485/2011 no son aplicables al nuevo servicio… las competencias de regulación y fiscalización… tampoco alcanzan al Servicio de Oferta de Contenido Audiovisual en Programación Lineal vía Internet, aunque es evidente el ejercicio de las actividades de programación y empaquetamiento en este nuevo segmento de mercado audiovisual”.

“El Servicio de Oferta de Contenido Audiovisual en Programación Lineal a través de Internet no prescinde de la contratación de un servicio de telecomunicaciones. Es imprescindible utilizar infraestructuras de banda ancha fija y móvil para acceder a contenidos audiovisuales a través de Internet. Los consumidores de Servicio de Oferta de Contenido Audiovisual en Programación Lineal a través de Internet además de la contratación de contenido también contratan un servicio de telecomunicaciones que le presta soporte”, explica el documento de resolución.

“Internet y las nuevas tecnologías y respectivas posibilidades revelan un nuevo escenario para el mercado audiovisual, expresivamente distinto de aquel existente en la época de edición de la Ley 12.485/2011 …Se debe abrir espacio para la innovación y los nuevos modelos de negocio potencialmente positivos para los consumidores y el desarrollo de la actividad audiovisual brasileña”, concluye.

 

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