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Meta sancionado en Bélgica por aplicar “shadowban” a un eurodiputado

Meta deberá pagar más de 27.000 euros al eurodiputado Tom Vandendriessche por imponer un mecanismo de shadowban (“prohibición en las sombras”) en su cuenta de Facebook sin justificación clara. El Tribunal de Apelación de Bélgica determinó que la falta de transparencia y la imposibilidad de apelar la medida violaron el Reglamento General de Protección de Datos (GDPR), afectando significativamente la capacidad del político para difundir sus expresiones.
Foto: Pexels.

Meta, la empresa matriz de Facebook e Instagram, deberá pagar al eurodiputado Tom Vandendriessche más de 27.000 euros en concepto de daños y perjuicios, según determinó el Tribunal de Apelación de Bélgica. La empresa le impuso una medida de shadowban a la cuenta en Facebook de Vandendriessche el 19 de febrero de 2021, lo que limitó significativamente el alcance de la página, y en mayo de ese mismo año la cuenta publicitaria del político fue bloqueada. El alcance promedio de su página había caído de casi 90.000 a un poco más de 4.500 durante el período de shadowban.

Según Meta, Vandendriessche había publicado repetidamente contenido que violaba los términos y directrices de Facebook. Sin embargo, no pudo demostrar las supuestas violaciones que habrían motivado esas medidas, concluyó el Tribunal.

Además, el demandado sostuvo que Meta no podía demostrar que un ser humano había tomado la decisión final de moderar cada contenido específico sobre el que se quejaba. Es decir que la decisión había sido automatizada, sin supervisión humana. 

De acuerdo con el artículo 22.1 del Reglamento General de Protección de Datos (GDPR, en inglés) de la Unión Europea, sobre decisiones individuales automatizadas, “todo interesado tendrá derecho a no ser objeto de una decisión basada únicamente en el tratamiento automatizado, incluida la elaboración de perfiles, que produzca efectos jurídicos en él o le afecte significativamente de modo similar”. El juez sostuvo que Meta infringe este artículo en el caso del shadowbanning, “ya que tal prohibición ‘afecta significativamente’ la capacidad de un político de difundir su mensaje”.

Por otro lado, el juez dictaminó que Meta también violó el artículo 22.3 del GDPR porque Vandendriessche no podía apelar la prohibición. Es decir que no se garantizó el derecho a impugnar la decisión, que está considerado como uno de los derechos mínimos junto con el de obtener intervención humana y expresar su punto de vista.

Finalmente, el Tribunal tampoco está satisfecho con “la falta de transparencia sobre el ‘sistema Strike’ que Meta utiliza para imponer un shadowban”, debido a que la empresa no pudo proporcionar detalles claros sobre las infracciones necesarias para justificar la medida.


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