En un nuevo round del debate sobre si la oferta OTT audiovisual es considerada un servicio audiovisual o de telecomunicaciones, la Agencia Nacional de Telecomunicaciones (ANATEL) de Brasil está cada vez más cerca de hacer un pronunciamiento definitivo y avalarla como servicio de valor agregado. Eso la dejaría por fuera del alcance de la Ley de Servicios de Acceso Condicionado (SeAC), que regula la TV paga.
Esa decisión llegaría por una doble vía. Por un lado, a partir de una posible revisión por parte de la agencia de la medida cautelar contra Fox por la oferta de señales a través de Internet. Por otro lado, por una serie de evidencias presentadas en un reciente informe del área técnica del regulador.
Sobre lo primero, una fuente de la agencia indicó a TelaViva, que Leonardo Euler, Presidente de ANATEL, podría poner en suspenso el efecto de la medida cautelar sobre la oferta de canales de señales a través de Internet a partir del caso de Claro vs. Fox ya que, en tanto la medida se prolonga, las circunstancias que la justificaron ya no tendrían sentido.
La suspensión de la cautelar establecería un antecedente para cualquier intento de regulación sobre la oferta de servicios audiovisuales prestados a través de Internet.
La medida cautelar contra Fox fue establecida el año pasado por el área técnica de ANATEL que, ante la denuncia de Claro, impidió a aquella ofrecer sus señales en forma directa a los clientes sin la intermediación de un operador de TV paga porque iría en contra de la Ley SeAC. La normativa impide que una empresa de contenidos actúe al mismo tiempo en el eslabón de distribución.
Si bien Fox recurrió a la Justicia y consiguió suspender la aplicación de la medida, ANATEL logró revertir la decisión. El presidente de la Agencia tiene el poder permanente de decidir sobre el efecto suspensivo de la cautelar.
Además de las posibles novedades en torno al caso Claro vs. Fox, un informe reciente del área técnica de ANATEL -al que accedió TelaViva- reconoce que si bien existen asimetrías regulatorias entre los servicios de TV paga y la oferta de contenidos por Internet, el cambio de paradigma se impone y no existe, desde el punto de vista legal, impedimento para que haya una oferta de canales directos al consumidor a través de Internet como servicio de valor agregado.
El informe de ANATEL reconoce además que los operadores de telecomunicaciones tendrán derecho a ofrecer contenidos a través de Internet. “En caso de que prevalezca en el Consejo Director (de ANATEL) la comprensión de conformidad regulatoria para la actividad de poner a disposición en Internet el acceso pago a contenidos programados, en tanto Servicios de Valor Agregado, se tiene esa alternativa también para los actuales proveedores que actúan en la oferta de banda ancha fija, en SCM (Servicios de Comunicación Multimedia) o en SMP (Servicio Móvil Personal) y, en último análisis, para los propios consumidores, donde fuera técnicamente viable contar con ese tipo de oferta”, dice el documento.
Este es el segundo informe del área técnica de ANATEL que, en este caso, surge en respuesta a una serie de consultas realizadas por el consejero relator del tema, Vicente Aquino. Previamente, en febrero de este año, el Área Técnica de la Agencia había presentado un informe en el que señalaba que la oferta de canales lineales a través de Internet debía ser considerado un servicio de valor agregado. Su principal argumento era que no podría ser considerado un servicio de telecomunicaciones (en Brasil, los servicios de TV paga son considerados como servicios de telecomunicaciones) aquél que no tiene injerencia sobre la red por la cual pasa el contenido.
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