La Defensoría del Público de Servicios de Comunicación Audiovisual de Argentina solicitó la intervención de la Relatoría Especial de Libertad de Opinión y Expresión de Naciones Unidas (ONU) para que se expida sobre la judicialización por parte de Telecom (Grupo Clarín) del decreto de necesidad y urgencia (DNU) 690/2020, que declaró como esenciales a los servicios de telecomunicaciones y tecnologías de información y comunicación (TIC).
El organismo que preside Miriam Lewin pidió a ONU que se pronuncie y formule recomendaciones al Estado argentino, particularmente, al Poder Judicial, según informó la agencia Telam.
En la petición, la Defensoría plantea que la medida cautelar que obtuvo Telecom -recientemente prorrogada- por la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal afecta derechos reconocidos en la Declaración Universal de Derechos Humanos así como en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.
Además el organismo explica que recibió denuncias del presidente y secretario de la Asociación de Defensa de Derechos de Usuario y Consumidores, así como de una comunidad indígena de Neuquén que dan cuenta cómo el bloqueo judicial del decreto vulnera el derecho a la comunicación al impedir el acceso a los usuarios y usuarias a la tarifa básica universal establecida en la normativa.
Como publicamos en OBSERVACOM, en agosto del año pasado, el Presidente de Argentina, Alberto Fernández sancionó el DNU 690 que estableció que los servicios TIC y el acceso a las redes de telecomunicaciones son servicios esenciales y estratégicos en competencia.
En mayo de este año, la Cámara Contencioso Administrativo Federal otorgó a Telecom Argentina (Grupo Clarín) una medida cautelar por seis meses y fue prorrogada hace pocos días por seis meses más, por la que lo exime de cumplir con el DNU y las resoluciones del Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM) que establecieron el porcentaje de aumento de precio autorizado para las compañías prestadoras de servicios de telecomunicaciones y TIC (resoluciones 1666/2020 y 204/2021) y la aprobación de la “Prestación Básica Universal Obligatoria” (resolución 1467/2020).
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